Guzmán confirmó que el nuevo mínimo no imponible para el pago de Ganancias será de $280.792 desde junio
El nuevo piso responde a la actualización de las proyecciones de inflación y salarios que maneja el equipo económico. El anuncio estuvo a cargo del ministro de Economía, el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, y el cosecretario de la CGT, Héctor Daer.
El ministro Martín Guzmán anunció esta mañana que el mínimo no imponible de los asalariados pasará de $225.937 a $280.792 brutos a partir de junio. Ese nuevo piso responde a la actualización de las proyecciones de inflación y de salarios formales que maneja el Ministerio de Economía.
Guzmán, remarcó que, con la actualización pagarán el tributo "1,2 millones menos trabajadores que en el año 2019", en el final de la gestión de Mauricio Macri, cuando se llegó a un récord de más de 2,1 millones de trabajadoras y trabajadores alcanzados.
Además del titular de Hacienda, la comunicación estuvo también a cargo del presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, y el cosecrtario general de la CGT, Háctor Daer. Los detalles se ultimaron durante una reunión que mantuvo encabezada por el presidente Alberto Fernández, en la que participaron los cegetistas Carlos Acuña y Pablo Moyano.
Massa le bajó el tono a su disputa con Guzmán y afirmó que “acá solo ganan los trabajadores que no van a perder frente al Estado el fruto de su trabajo”. “Hay que defender el poder de compra de los salarios”, añadió.
Por su parte, Héctor Daer, dijo que "la recuperación del salario tiene que ser el objetivo que se mantenga para tener un círculo virtuoso que genere mayor trabajo, mayor consumo y mejor calidad de vida de los argentinos". "Que este paso que damos nos permita a los trabajadores que, con el incremento de paritarias, no se termine tributando ese aumento de salario", concluyó.
El mínimo no imponible de Ganancias volvió a cobrar relevancia por los cruces entre Sergio Massa y Martín Guzmán. Hace tres semanas, el titular de la Cámara baja había pedido al ministro elevar el piso por el que comienzan a tributar trabajadores y jubilados, en el marco de la reapertura paritaria que impulsa el Gobierno nacional para contener los salarios ante el avance de la inflación. La respuesta del ministro fue que en el contexto actual de inflación era "una obviedad” redefinir un nuevo piso.
Sin embargo, Massa volvió a insistir con una nueva carta enviada al titular de Hacienda este 24 de mayo. Allí apuntó que 104.914 personas, de las 1,5 millones que se habían beneficiado de la modificación en el mínimo no imponible durante 2021, habían sido alcanzadas nuevamente por el gravamen. Además, advirtió que con el pago del medio aguinaldo de junio habría más trabajadores y jubilados que volverían a tributar.
Tras conocerse la nueva misiva, desde Economía pidieron tiempo para terminar de cerrar las paritarias que faltan, y así terminar de cerrar las proyecciones de los salarios y la inflación de este año. Esos guarismos primero iban a ser plasmados en la actualización del Presupuesto de junio y luego vendría la modificación de Ganancias por decreto, o al menos esa era la intención de Guzmán.
Ayer, Massa anticipó que si el Ejecutivo no modificaba el impuesto por decreto antes del lunes, él tenía listo un borrador de proyecto de ley y lo iba a presentar ese mismo día. Fuentes parlamentarias dijeron en off a Data Clave que esa iniciativa había sido acordada con varios diputados de la oposición
El borrador elevaba el piso del impuesto, tal cual lo reclama Massa. Además establecía un máximo de 10 días corridos desde la vigencia de la ley para que se efectivizara la actualización.
Con la sanción de la nueva normativa, en 2021, el primer piso de pago fue $150.000 que luego fue ajustado a $175.000. Eso permitió que 1,5 millones de personas quedaran exentas de pagar el tributo. Luego, por las variaciones inflacionarias, se volvió a delegar la facultad al Poder Ejecutivo para incrementar las deducciones del impuesto durante el año fiscal 2022.
Si bien el impuesto a las Ganancias existe en la Argentina desde 1932 (por entonces se lo denominaba a los Réditos), es a partir de 1973 que se instituyó la denominada "cuarta categoría", que se calcula exclusivamente sobre la renta del trabajo personal, a diferencia de las otras tres, que abarcan inmuebles, acciones, intereses, dividendos, sociedades y empresas unipersonales.