Como adelantó Data Clave ayer, hoy se promulgó la nueva Ley de Monotributo. La titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont había adelantado que “se establecerá tasas para las categorías más bajas de la moratoria hasta 60 cuotas del 1,25%. El proyecto de ley decía hasta 1,50%”.

Publicada en el Boletín Oficial de este jueves, la normativa prevé una serie de beneficios que incluye un alivio fiscal por la condonación de la deuda (del periodo enero-julio) por la moratoria, por blanqueo.

Ampliar contenido

Cabe recordar que la AFIP prorrogó a agosto la recategorización que se debía efectuar en el mes de julio. Esta prórroga se efectuó para que la re categorización se lleve a cabo con las nuevas categorías.

“Este impacto para el monotributista se notará enseguida porque cuando reglamentemos se materializará la condonación de la deuda y además se notarán los otros beneficios. Por ejemplo, los que tengan deudas anteriores ingresarlas a la moratoria y también para los que salieron del monotributo por haber facturado por encima de los límites puedan volver al monotributo”, aclaró Marco del Pont.

Según lo publicado en el Boletín Oficial hoy, habrá cambios en las escalas del monotributo que quedará de la siguiente manera:

Categoría A: el límite de facturación anual pasa a $370.000
Categoría B: el tope quedó en $550.000
Categoría C: la facturación sube a $770.000
Categoría D: el monto máximo se ubica en $1.060.000
Categoría E: el límite máximo llega a $1.400.000
Categoría F: el tope de facturación queda en $1.750.000
Categoría G: el máximo aumenta a $2.100.000
Categoría H: es la más alta para quienes venden servicios y el techo de facturación será de $2.600.000
Categoría I: el máximo aumenta a $2.910.000
Categoría J: el tope alcanza $3.335.000
Categoría K: el máximo se incrementa hasta $3.700.000