Como "solución a la inflación", el Gobierno facilita la importación y exportación de alimentos
La disposición se publicó hoy en el Boletín Oficial. Simplificación de los trámites. Los argumentos de Sturzenegger.
El Gobierno publicó hoy un decreto en el Boletín Oficial para facilitar la importación y exportación de alimentos, con el argumento de que puede ayudar a contener la inflacion y al mismo tiempo apuntalar la producción local.
La Anmat sostuvo que se procedió a la simplificación y agilización de la gestión sanitaria de importaciones y exportaciones de productos alimenticios y afines mediante la publicación del Decreto 35/2025, que modifica el Decreto N°2126/1971, por el cual se reglamentó la Ley 18.284 referida al Código Alimentario Argentino.
“Por el lado de las importaciones se establece que alimentos con certificación en países de alta vigilancia podrán entrar sin restricciones al país y serán automáticamente incorporados al Código Alimentario Argentino”, explicó el ministro de Modernización, Federico Sturzenegger.
Añadió que también “se eliminan las obligaciones de registrar y autorizar: muestras, productos, establecimientos, depósitos, utensilios y envases (32 hojas de trámites)”.
Por lado de la exportación, se levantan las exigencias para embarques al exterior y el Gobierno sólo emitirá los certificados que le requiera el país importador. “Buscamos alimentos más baratos para los argentinos y más alimentos argentinos para el mundo”, enfatizó Sturzenegger.
"En estos meses innumerables empresas nos han comentado las increíbles peripecias que tenían que sortear para satisfacer requerimientos locales que no eran requeridos por el mercado destino”, comentó.
“Para la exportación levantamos todas las mochilas que le imponía el Estado argentino a nuestros productores de alimentos. De ahora en más no podrá pedirles nada y solo estará para emitir los certificados que el productor le requiera por ser requerimientos del país importador. El Estado deja de molestar para ponerse al servicio del productor”, agregó.
“A un productor que necesitaba certificar una muestra para ver si podía abrir el mercado de EE.UU. le pedíamos que primero montara la fábrica. A vendedores de ajo que se iba a usar para hacer pasta en Asia les hacíamos medir el tamaño de cada cabeza (sic). En fin….”, remató el ministro en su cuenta de “X”.
La Anmat explicó que a partir de la publicación de este nuevo decreto, los productos alimenticios, envases y materiales en contacto con alimentos bajo su competencia, que cuenten con certificación emitida por países considerados de alta vigilancia sanitaria o con los que rijan tratados de integración económica o acuerdos de reciprocidad detallados en el decreto, podrán ingresar al país mediante la presentación de una Declaración Jurada de Importación.
Para eso deberán contar con una autorización de comercialización o certificado de libre de venta del producto -o un documento análogo- aprobado por la autoridad sanitaria competente del país de origen, independientemente de si los productos se encuentran o no contemplados en la normativa nacional.
“Por otra parte, los productos que se exporten sólo deberán cumplir los requisitos y las restricciones que imponga el país de destino, y podrán requerir ante el INAL, los certificados sanitarios correspondientes para los casos en los que el país de destino así lo requiera”, agrega el comunicado.
Analistas del mercado sostienen en realidad que con el nivel cambiario de la actualidad, la medida servirá para importar fideos italianos o aceitunas griegas, como en los años 90, más que para fomentar las exportaciones de alimentos argentinos.