Banco Central liberó el acceso al mercado de cambio a las empresas que inviertan en el Plan Gas
El Gobierno atendió el pedido de las petroleras. Podrán repatriar inversiones y las rentas luego del segundo año de inversión.
El Banco Central aprobó las condiciones para el acceso libre al mercado de cambios de las empresas que participen del Plan de Promoción de la Producción del Gas Natural 2020-2024, para la repatriación de las inversiones, las rentas que generen y el vencimiento de capital e intereses de endeudamientos financieros.
Esto rige para las inversiones concretadas a partir del 16 de noviembre de este año cuando se reglamentó el plan que fue creado por el Decreto 892, el cual a su vez delegó en el BCRA las condiciones para que puedan acceder al mercado oficial las empresas que participan de proyectos enmarcados en el "Plan de Promoción de la Producción del Gas Natural Argentino-Esquema de Oferta y Demanda 2020-2024".
En definitiva, la entidad que dirige Miguel Pesce permitirá el acceso al mercado de cambios para girar divisas al exterior en concepto de utilidades y dividendos "a accionistas no residentes a partir de cumplirse el segundo año de la inversión y cuando correspondan a balances cerrados y auditados y por un monto que no supere el que les corresponda según la distribución determinada por la asamblea de accionistas".
Para el pago de deudas con el exterior, "se exigirá que el endeudamiento tenga una vida promedio no inferior a los dos años".
En el caso de repatriación de inversiones directas de no residentes se permitirá a partir del segundo año hasta el monto de los aportes de inversión directa liquidados en el mercado de cambios.
En el caso de reducción de capital y/o devolución de aportes irrevocables realizadas por la empresa local, cuando se cuente con la documentación que demuestre que se han cumplimentado los mecanismos legales previstos y haya verificado que se encuentra declarada, en caso de corresponder, en la última presentación vencida del "Relevamiento de activos y pasivos externos".
En todos los casos, "la entidad deberá contar con la documentación que le permita constatar el carácter genuino de la operación a cursar, los fondos fueron destinados a financiar proyectos comprendidos en el mencionado plan y el cumplimiento de todos los requisitos aplicables de las normas de "Exterior y Cambios" menos los exceptuados en la presente", destacó el BCRA.