A través de la resolución general 4791, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que las  Declaraciones Juradas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales “cuyos vencimientos operan los días 10 y 11 de agosto, se considerarán cumplidas en término si se efectúan hasta el 12 de agosto, inclusive”

Esta resolución alcanzará a su vez “a los aportes y contribuciones con destino a la seguridad social devengados en julio así como a la información nominativa de retenciones y percepciones correspondientes a julio”.

La AFIP sostiene que esta resolución “busca facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias”.