Un tribunal ordenó al gobierno que motorice el ingreso de dos personas que están en EE.UU
Hizo lugar al hábeas corpus que presentaron dos argentinos. Por otra parte, consideraron que la decisión administrativa que restringe el ingreso de personas al país no es inconstitucional.
Los jueces de la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Mauro Divito y Juan Cicciaro hicieron lugar al pedido que dos personas interpusieron para que las dejen regresar al país lo más pronto posible. Se trata de dos individuos que presentan problemas de salud y que se encuentran en tratamiento.
La decisión de los magistrados que integran la mediáticamente conocida “Cámara del Crimen” tuvieron en cuenta “razones humanitarias” y determinaron que el Gobierno Nacional debe coordinar en 24 horas el regreso al país de estas dos personas que se encuentran en Estados Unidos y que tenían un vuelo previsto para el 3 de julio que se canceló.
Sostuvieron que una vez dentro de Argentina, las personas deberán someterse a todos los controles que disponga el Estado y que tendrán que cumplir el aislamiento que corresponda. La decisión solo contempla estos casos de cuestiones de salud y no a otros individuos que también habían presentado hábeas corpus contra la Decisión Administrativa 643/2021 que restringió a 600 personas habilitada a ingresar por día.
En esa línea, consideraron que el gobierno adoptó estas nuevas medidas “en resguardo de la salud pública” y para demorar el ingreso de las nuevas cepas de COVID al país. Explicaron que si bien el regreso de personas no está prohibido sino limitado, sostuvieron que ante urgencias por problemas de salud, debe prevalecer este último motivo.