Segunda ola: gobierno bonaerense multará a los que incumplan las restricciones
Se prevén sanciones económicas de hasta $4,3 millones. Los distritos deberán adherirse al decreto. Se creará un “Fondo Municipal por Infracciones”.
El gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, esperaba que las medidas que anuncie el presidente Alberto Fernández sean más duras que las actuales. El pedido de un cierre total por quince o veinte días no prosperó.
Aún así, y con el objetivo de reforzar las medidas vigentes, el gobierno bonaerense formalizará a través de un decreto las multas por infracciones “a las normas Covid-19”.
El inclumplimiento a las medidas “dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el Decreto-Ley N° 8841/77, que prevé la aplicación de multas de hasta 500 sueldos mínimos (hasta $ 4,3 millones)”, informaron desde La Plata.
El proceder será el siguiente:
Comprobada una presunta infracción se labrará un acta por parte de agente policial o funcionario competente y por triplicado. Se hará entrega de una copia del acta al infractor, configurando así la notificación.
📌El infractor tiene 5 días hábiles para presentar el descargo y para diligenciar y producir a su cargo la prueba ofrecida. Dentro de los 60 días hábiles se resolverá.
📌La resolución deberá indicar la infracción y la normativa violada, la sanción que se impone y su valuación. La notificación de la sanción irá acompañada de la boleta de pago generada a través del SIEP.
📌La sanción podrá ser apelada dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes siendo competente para entender en la misma el Juez en lo Correccional en turno con competencia en el lugar donde se cometió la infracción.
Los municipios deberán adherir al decreto para que se asegure la fiscalización del cumplimiento de las normas e imponer las sanciones mencionadas. Los recursos que los municipios recauden como consecuencia de la aplicación de las multas irán a un “Fondo Municipal por infracciones a la normativa COVID-19” y serán distribuidos entre los distritos en forma mensual: los recursos serán no reintegrables y de libre disponibilidad para los mismos.