Polémica por el viaje del Presidente a Mar del Plata para ver a Fátima Flórez: ¿Cómo se sacaron los pasajes?
Javier Milei le compró dos tickets de avión a OPTAR, una unidad negocios de Aerolíneas Argentinas. Según el vocero Manuel Adorni, fueron pagados de su propio bolsillo. Sin embargo, todo indica que se usaron fondos del Estado. Un dirigente político lo acusa por la carga de datos en la factura y asegura que está "impulsando la legalización de los testaferros".
El Presidente Javier Milei no pasó desapercibido este fin de semana. Más allá de que fue tendencia por el mensaje grabado que compartió con la ciudadanía, los flashes se posaron cuando viajó a Mar del Plata para ver una función de teatro de su pareja Fátima Flórez.
El jefe de Estado no solo que viajó a “La Feliz” a ver la obra, sino que se subió al escenario al término de la obra y le dio un beso intenso a su novia. Luego, le dijo a los presentes: “Quiero que sepan que van a venir meses duros, pero a diferencia de lo que ha pasado en los últimos 100 años, estos meses van a valer la pena, nos vamos a poner de pie y vamos a salir con fuerza”.
Pero la polémica del viaje fue en torno al financiamiento del mismo. A Milei lo acusan de haber utilizado fondos públicos para ir a Mar del Plata a ver a su pareja, lo que sería incompatible con su agenda de jefe de Estado y hasta en contra de su lema de campaña “no hay plata”.
El vocero presidencial, Manuel Adorni, fue el primero en salir a desmentir el uso de fondos públicos para este viaje y compartió la factura en su cuenta personal. “Estimados, ante algunas versiones con desbordada inexactitud les dejo la factura de los pasajes del Presidente de la Nación Javier Milei y de la Secretaria General de la Presidencia Karina Milei hacia Mar del Plata (BUE/MDQ/BUE). Los pasajes (por haberse tratado de cuestiones personales) han sido abonados íntegramente con fondos provenientes de sus respectivos patrimonios personales”, manifestó.
En la factura se puede ver el logo de “Optar”, una de las unidades negocios de la empresa estatal Aerolíneas Argentinas y un montofacturado por $857.307,59 por el equivalente a dos tickets aéreos. Una curiosidad es que la factura tiene algunos errores de tipeo, cuando normalmente estas tienen categorías asignadas por default. En la parte superior izquierda, en lugar de “dirección”, dice “dirreción”. Es decir, incurre en una falta de ortografía en una categoría que el usuario que factura no puede alterar.
El otro dato curioso es que la dirección de la persona que lo factura, en este caso el Presidente Milei, es en Balcarce 50, es decir en la Casa Rosada. Sin embargo, aparece el código postal 7620, que pertenece a la ciudad de Balcarce, ubicada a poco más de 400 kilómetros del edificio presidencial.
El Presidente también fue señalado por facturar en la categoría de cuenta corriente. “Es razonable que las distintas reparticiones tengan cuenta corriente en una empresa estatal a la que le compran cantidades de pasajes para ser usados por funcionarios; luego se pagan todos juntos periódicamente. Pero, ¿un comprador individual de dos pasajes tiene cuenta corriente en esa empresa? ¿Desde cuándo y por qué?”, se preguntó Alejandro “Topo” Rodríguez, exdiputado nacional.
Y luego, agregó: “Es raro. En el gobierno de Milei no disimulan estar impulsando la legalización de los testaferros; lo hacen a través del artículo 147 de la Ley Ómnibus enviada al Congreso. Sin embargo, han decidido armar una simulación de teje y maneje con dos pasajes a Mar del Plata, para dos funcionarios que no estarían cometiendo ninguna falta. Así, se enredan y exponen inútilmente a esos funcionarios ¿A quién se le ocurrió?”.
El artículo 147 de la ley ómnibus hace referencia a los bienes registrados a nombre de terceros y plantea que “cuando se trate de personas humanas o sucesiones indivisas, los bienes indicados en el artículo 137 podrán ser declarados por el contribuyente incluso si se encuentran en posesión, anotados, registrados o depositados a nombre de terceros en caso de que dichos terceros no hubieran estado excluidos de solicitar la regularización de dichos bienes bajo las normas del artículo 161 de este régimen”.
“La regularización de bienes a nombre de terceros podrá hacerse incluso si los bienes se encuentran declarados en las declaraciones juradas impositivas del tercero, que podrá ser una persona humana o sociedad, residente en Argentina o en el exterior”, agrega esa normativa.