La coparticipación es, desde hace muchos años, tema de conflicto entre provincias y el Estado Nacional. Lo fue durante el gobierno de Mauricio Macri y tendrá su round ahora cuando Horacio Rodriguez Larreta presente ante la Corte Suprema de la Nación sus argumentos contra la decisión de Alberto Fernández de sacarle un porcentaje de la coparticipación.

¿Por qué va directamente a la Corte y no pasa por otras instancias? Al ser un conflicto entre el Estado Nacional y la Ciudad de Buenos Aires, le corresponde al Máximo Tribunal intervenir para mediar en el conflicto. No es la primera vez que sucede y probablemente no será la última.

Ante todo, el decreto que fue publicado hoy no es un DNU, por lo que no tiene que ser refrendado por el Congreso de la Nación. Tampoco es una cuestión estrictamente tributaria. El decreto no crea un impuesto sino que la coparticipación (y la modificación de la misma) es la forma en la que se distribuye lo recaudado. La aclaración es importante porque el Presidente tiene prohibido dictar decretos de necesidad y urgencia en materia tributaria y de ahí venía el primer reclamo sobre una posible inconstitucionalidad.

De acuerdo a la ley de Coparticipación Federal de 1988, este decreto se enmarca entre las facultades que tiene el presidente para con la Ciudad, que en ese momento entraba como territorio federal. 

En 2016, Macri como presidente decidió aumentar los fondos que recibía Ciudad con un porcentaje que saltó del 1,4% al 3,75%. Al final de su mandato, terminó en 3,5%. Este porcentaje que modifica ahora Fernández representa unos 35.000 millones de pesos y deja en un porcentaje del 2,32%.

Luego vendrá también una intervención del Congreso, tal como lo señala la Constitución Nacional para validar la reasignación de recursos. La discusión que llevará Horacio Rodríguez Larreta irá en la línea de otras presentaciones que han hecho las provincias con respecto a la proporcionalidad entre los recursos necesarios que demanda la seguridad pública y lo que le quitó el Presidente a través del decreto.

¿Cumple el decreto con la obligación constitucional de que se distribuya todo “en relación directa a las competencias, servicios y funciones” de la Ciudad? ¿Es equitativo, solidario y da prioridad al logro de un grado equivalente de desarrollo, calidad de vida e igualdad de oportunidades en todo el territorio nacional como sostiene el artículo 75 inciso 2?

El otro punto es que dentro de ese mismo artículo se señala que no habrá transferencia de competencias, servicios o funciones “sin la respectiva reasignación de recursos, aprobada por ley del Congreso cuando correspondiere y por la provincia interesada o la ciudad de Buenos Aires en su caso”.

En noviembre de 2015, cuando Cristina Fernández de Kirchner ya estaba yéndose de la Rosada y Macri a punto de asumir, la Corte declaró inconstitucional la detracción del 15% de la masa de impuestos coparticipables que el Gobierno Nacional quitaba a las provincias para financiar a la ANSES. Ese fallo abarcaba a Santa Fe y a San Luis. Ahí lo que se dejó en claro fue que se necesitaba un nuevo Pacto Federal Fiscal y que hubiera un acuerdo entre los involucrados.

En octubre de 2019, la Corte Suprema sostuvo que la reducción del IVA y Ganancias que había anunciado Macri después de perder las PASO no podía afectar los fondos de coparticipación que correspondían las provincias. La cautelar en ese momento la habían planteado en ese momento 15 provincias.