La Corte se mete en terreno electoral y suspende las elecciones en San Juan y Tucumán
"Trastorno institucional de difícil reparación", sostuvo el Máximo Tribunal en las dos cautelares donde decretó que debe intervenir en los reclamos por las candidaturas de Uñac y Manzur.
La Corte Suprema de Justicia suspendió este martes las elecciones previstas para el próximo domingo en las provincias de Tucumán y San Juan, al hacer lugar a dos medidas cautelares presentadas por fuerzas opositoras ante la posibilidad de que las candidaturas de Juan Manzur y Sergio Uñac no respeten la alternancia reglamentada en las Constituciones provinciales.
El Máximo Tribunal del país tomó la decisión al resolver los amparos presentados por fuerzas de la oposición en ambas provincias que cuestionaron la posibilidad de que Uñac obtenga un cuarto mandato consecutivo y que Manzur -que se presenta como candidato a vicegobernador- integre por quinta vez el Ejecutivo provincial.
Para fundamentar la suspensión de los comicios, la Corte citó un fallo anterior del mismo tribunal en el que consideró un deber tutelar "la virtud republicana de desalentar la posibilidad de perpetuación en el poder".
Los pedidos de amparo fueron formulados por el "Partido para la Justicia Social" de Tucumán y por la agrupación "Evolución Liberal" de San Juan.
Con la firma de Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz, el fallo sostiene, para el caso de Tucumán, que “la autorización a favor de Manzur para ser candidato a vicegobernador habilitaría la posibilidad de que una persona sea electa durante un número indefinido de períodos como gobernador y vicegobernador —de manera sucesiva, consecutiva e ininterrumpida— con la sola exigencia de que se alterne el cargo y el compañero de fórmula”.
Por otra parte, “la habilitación del Tribunal Electoral de la Provincia de San Juan a una nueva candidatura del actual gobernador desconoce el límite a la posibilidad de la reelección establecido en el artículo 175 de la Constitución provincial, violando el principio republicano de gobierno contemplado en la Constitución Nacional que exige la periodicidad en los cargos públicos”, se lee en la sentencia de San Juan.
“Si bien este Tribunal ha considerado a ese tipo de solicitudes como una decisión excepcional por configurar un anticipo de jurisdicción favorable respecto del fallo final de la causa que altera el estado de cosas existente”, argumentó la Corte, “las ha admitido cuando existen fundamentos de hecho y de derecho que exigen una evaluación del peligro de permanencia en la situación, a fin de habilitar una resolución que concilie —según el grado de verosimilitud— los intereses en juego”.
Las provincias de Tucumán y San Juan tenían elecciones provinciales previstas para el próximo domingo, junto con La Pampa, Salta y Tierra del Fuego, todas ellas desdobladas del cronograma de elecciones nacionales.
Cabe resaltar que Ricardo Lorenzetti no formó parte de las decisiones: no firmó ninguna de las cautelares al respecto.