La Corte reaviva el conflicto por las jubilaciones de jueces y empleados judiciales
Los ministros intervinieron en una causa impulsada por el gremio, luego de que todos jueces se excusaran. El reclamo por el requisito de cesar definitivamente en el cargo para obtener el beneficio y la escala de edad.
Mientras el gremio de los judiciales lleva adelante un nuevo paro en reclamo por los salarios, la Corte Suprema intervino en un planteo contra el régimen jubilatorio impulsado por el gobierno de Alberto Fernández, en 2020.
Se trata de la Ley 27.546, que modifica la ley 24.018 y la ley 22731. Entre los principales cambios para el Poder Judicial y el Ministerio Público Fiscal, se destaca el aumento de la edad jubilatoria a 60 años para las mujeres y 65 años para los hombres. También, establece que el haber inicial será calculado a partir del 82% del promedio de las últimas 120 remuneraciones y se elevó del 11% al 18% el aporte sobre el sueldo.
Esta normativa fue sancionada en 2020 e inmediatamente generó una oleada de acciones, entre la que se destaca la causa de la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN) ante el fuero de la Seguridad Social.
Dos años más tarde, la Corte declaró la competencia de la jueza más joven del fuero de la Seguridad Social para entender en un planteo impulsado por el gremio liderado por Julio Piumato.
El expediente fue signado por sorteo al Juzgado N° 5, pero la magistrada subrogante se excusó de intervenir en la causa por razones de decoro y delicadeza, y por hallarse afiliada a la entidad gremial. Tras ella, todos y cada uno de los magistrados del fuero se excusaron. Lo mismo sucedió con los integrantes de las Cámara Civil y Comercial Federal y Contencioso Administrativo Federal.
Ante esta situación, los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda -Ricardo Lorenzetti no intervino- afirmaron que “las normas que prevén la sustitución de los jueces no están concebidas para casos que abarcan a la totalidad de los miembros de la magistratura”.
“Si bien la jubilación es una expectativa de futuro para todos los jueces, el posible conflicto entre los intereses personales y el deber de fallar con arreglo a la Constitución Nacional y al resto del ordenamiento jurídico adquiere relevancia cuando la posibilidad de solicitar una prestación del sistema es inminente, aspecto este último que no ha sido invocado en ninguna excusación”, dijo el máximo tribunal.
De este modo, la Corte terminó aceptando la excusación de la jueza subrogante del Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social n° 5 y ordenó la inmediata intervención del Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social, a cargo de Valeria Alicia Bertolini.