La Corte ordenó que Tabacalera Sarandí empiece a pagar el impuesto a los cigarrillos
El máximo tribunal del país hizo lugar a un planteo de la AFIP para que se deje sin efecto una sentencia del fuero en lo contencioso administrativo federal que le permitía a la firma no pagar los impuestos
La Corte Suprema de Justicia instó a la firma Tabacalera Sarandi a cumplir con el pago del impuesto de cigarrillos, tras años de no abonarlo a través de distintas presentaciones judiciales. Los jueces hicieron lugar a un planteo del Estado Nacional a través de la AFIP para dejar sin efecto la ejecución de una sentencia que favorecía a la empresa. Mientras tanto, el máximo tribunal espera que el dictamen de la Procuración General de la Nación para resolver sobre la inconstitucionalidad del impuesto al tabaco que reclama esa firma.
El 28 de mayo pasado, la Corte dejó sin efecto cuatro medidas cautelares concedidas a Tabacalera Sarandí S.A., que frenaban el accionar del fisco para perseguir el cobro del impuesto interno al tabaco. El 4 de junio, se dejó sin efecto una medida cautelar similar, pero de otra tabacalera: Bronway Technology S.A.
En su sentencia de hoy, la Corte recordó que el 14 de marzo de este año, la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal admitió la ejecución anticipada de la sentencia declarativa de inconstitucionalidad solicitada por Tabacalera Sarandí S.A. Esa posibilidad está prevista en el artículo 258 del Código Procesal, Civil y Comercial de la Nación. En el caso, y en la práctica, implicaba que la empresa no haría frente al tributo, hasta tanto la Corte se expidiera sobre la cuestión de fondo.
En el fallo, se consideró que “corresponde la suspensión del incidente de ejecución de sentencia si los argumentos planteados en el recurso extraordinario y mantenidos en la queja podrían, prima facie, y sin que implique pronunciamiento sobre el fondo de la cuestión debatida, involucrar cuestiones susceptibles de examen en la instancia del artículo 14 de la ley 48”.
El Máximo Tribunal marcó que en este caso esa argumentación resulta aplicable pues la decisión de la Cámara en lo Contencioso “en la práctica, ha inhibido potestades fiscales por un monto excepcionalmente elevado y alterado el efecto del recurso interpuesto por la apelante contra la sentencia de fondo, requiriendo para ello solamente la caución juratoria de la parte apelada”.
Por estos motivos, se decretó la suspensión de la ejecución de la sentencia. De esta forma, ya no queda pendiente ninguna medida preventiva, cautelar o de ejecución anticipada que tramite ante la Corte, que le impida al fisco determinar y percibir el tributo contra Tabacalera Sarandí S.A.
Tabacalera Sarandí comercializa una serie de marcas (Red Point, West, Master y Kiel) y desde hace años reclama distintas cuestiones en tribunales: por ejemplo, presentó una demanda contra la reforma a la ley 24.674 de impuestos internos que se firmó durante el gobierno de Mauricio Macri, en donde se estableció un aumento del 70% en esos tributos. La firma pertenece a Pablo Otero, bautizado por Javier Milei como “el señor del tabaco”.