El Gobierno nacional anunció este jueves que el acuerdo con el FMI se firmará por DNU y recién definirá el Congreso sobre su validez. El presidente Javier Milei había anunciado en la Asamblea Legislativa que enviará un proyecto tal cual marca la ley 27612 elaborada por el entonces ministro de Economía, Martín Guzmán.

El debate sobre el uso del instrumento decreto de necesidad y urgencia vuelve al parlamento en un tema definitorio para el oficialismo. “Tiene tres problemas, primero no se observa la necesidad y urgencia conforme al fallo de la Corte ‘Consumidores Argentinos’. Por lo pronto el Congreso está en sesiones y no está complicando una sanción de ley en ese tenor”, analizó a Data Clave el abogado constitucionalista Diego Armesto.

Por su parte, afirmó que la decisión implica “un quiebre de la legalidad” ya que existe una ley (27.612) que dice que todos los acuerdos con el FMI “tienen que salir por ley del Congreso”. Pero además, para el constitucionalista el gobierno vuelve a utilizar “la herramienta del DNU sin haber cumplido con los parámetros legales y constitucionales”.

“Especialmente el Ejecutivo se arroga una facultad del Congreso, artículo 75 inciso 6, dice que “arregla la deuda interna y externa” de la nación. Es facultad del Congreso, el Ejecutivo se arroga por DNU una facultad de otro poder en franca violación de la Constitución”, sentenció Armesto a este portal.

Lo mismo consideró el constitucionalista Andrés Gil Domínguez: “El acuerdo con el FMI y otro DNU nulo de nulidad constitucional absoluta e insanable que consolida el modelo autócrata”.

La discusión por los DNU vuelve al Congreso, con el antecedente del 70/23 donde el gobierno logró sostenerlo con el amparo de Diputados. ¿Escenario similar?