La CGT celebró el fallo de la Justicia: "Pone un freno a medidas regresiva"
Así lo expresaron a través de un comunicado. “Con organización, unidad y compromiso, hemos logrado frenar el intento de reforma laboral”, expresó Héctor Daer y ratificó el paro nacional: "Nos encontramos el 24 en la Plaza del Congreso".
La CGT celebró el falló de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que hizo lugar al planteo de la Central Obrera y dictó una medida cautelar que suspende la aplicación de las reformas en materia laboral incluidas en el mega DNU que firmó Javier Milei.
“Esta decisión judicial pone un freno a la reforma laboral regresiva y contraria a los trabajadores”, expresaron a través de un comunicado y explicaron que “no tendrá vigencia hasta tanto la justicia resuelva el planteo de inconstitucionalidad del Capítulo IV del DNU 70/23”, como han solicitado.
A través de sus redes sociales el secretario general, Héctor Daer, manifestó: “Con organización, unidad y compromiso, desde la CGT hemos logrado frenar el intento de reforma laboral propuesto en el DNU. No nos vencerán mientras permanezcamos unidxs”.
“Envío un fuerte y cálido abrazo a todxs lxs compañerxs que respaldan y se suman a nuestro plan de lucha. Nos encontramos el 24 en la Plaza del Congreso”, expresó ratificando el paro nacional.
Además, en el texto difundido indicaron que la Cámara considera que “el planteo de la CGT no coincide con el tramitado en proceso colectivo que se ventila ante la justicia contencioso administrativo federal, al que el gobierno pretendía enviar el expediente, ya que los intereses no son homogéneos con los que se ventilan en aquel, puesto que lo que se debate en la justicia laboral es el derecho del trabajo aplicable a los trabajadores de le República Argentina”.
“Entiende que hay circunstancias graves y objetivamente impostergables que justifican la asunción de competencia de la Justicia Nacional del Trabajo para entender en esta contienda y el dictado de la cautelar”, precisaron.
Asimismo, marcaron que el fallo de la Justicia “destaca que las modificaciones introducidas regresivamente afectan la interpretación de las normas, contratación laboral, modalidades contractuales, derechos y obligaciones de las partes, protección de la trabajadora embarazada y de la maternidad, jornada, protección contra el despido arbitrario, ruptura del contrato y sus consecuencias, discriminación y sus consecuencias, funcionamiento de las asociaciones gremiales, conflictos colectivos, etc”.