El dirigente del Movimiento de Trabajadores Excluidos (MTE) y referente de la Unión de Trabajadores de la Economía Popular (Utep), Juan Grabois, celebró el fallo emitido por el juez del fuero Contencioso Administrativo, Juan Correa, que le ordenó al Ministerio de Capital Humano, Sandra Pettovello, garantizar la entrega de alimentos a los comedores y merenderos populares que administran las organizaciones sociales.   

Sin embargo, fuentes de la cartera de Capital Humano consideraron que la decisión del magistrado sostiene que la asistencia a los comedores “se debe seguir auditando”.

La resolución judicial se produce en el contexto de una demanda iniciada por Grabois, como abogado en representación de la Utep, y a la cual se sumaron el Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels) junto con otras organizaciones.

El magistrado emitió en la medianoche de ayer una medida cautelar en la cual se le ordena al Estado garantizar la provisión de alimentos, al fundamentar que "los comedores funcionan como una red de contención" a la que "recurren personas de carne y hueso que integran los grupos socialmente vulnerables y los segmentos particularmente empobrecidos de la población".

Esta situación requiere, para el magistrado, una entrega “sin demoras cuidados especiales", y le advierte a la cartera de Pettovello que debe garantizar de manera "cabal, estricta y sin dilación o interrupción alguna" la continuidad de los programas alimentarios que están vigentes, tal como el Ministerio lo informó al juzgado.

La sentencia establece que Capital Humano debe entregar un informe mensual sobre las políticas alimentarias que se ejecutan.  

Para Grabois, la decisión de la justicia constituye “otro freno al plan de miseria planificada” del Gobierno del presidente Javier Milei, según afirmó el dirigente en su cuenta de la red social X, antes conocida como Twitter.      

“El fallo implica la inmediata restitución de la provisión de alimentos a los comedores comunitarios a través de todas las asociaciones que venían realizándolo”, señaló Grabois  

En ese sentido, explicó que el fallo “no impide el correcto ejercicio de poder de auditoría a los comedores, pero es claro en cuanto no se puede generalizar y desabastecer al conjunto por las irregularidades que se detecten en unos pocos”.

“Es una nueva victoria jurídica que esperamos que el gobierno acate. Si no, se incurrirían en un nuevo hecho de incumplimiento de deberes de funcionario y eventualmente desobediencia”, remarcó. 

El referente de la Utep afirmó que “la medida cautelar es un paso importante para que se cumplan las partidas presupuestarias ya asignadas por los programas de alimentación a través de los comedores y se ejecuten los fondos entregados por el Programa de Naciones Unidas”.

“Esta decisión judicial llega en un contexto en el que, según los propios datos oficiales, la pobreza aumenta y el empleo cae y se vuelve más precario”, subrayó.

Voceros de Capital Humano indicaron a Data Clave que la sentencia del juez Correa reconoce la “ejecución de partidas presupuestarias realizadas en materia de políticas alimentarias mediante distintos programas” que aplica esa cartera.

“Nos dicen que sigamos con la política alimentaria, no es que no dicen que no lo sigamos haciendo”, aseguran interpretaron desde el Ministerio de Capital Humano.

“El derecho a la alimentación es el derecho humano por el cual toda persona puede gozar de una nutrición adecuada que le asegure la posibilidad de gozar del más alto nivel de desarrollo físico, emocional e intelectual”, fundamenta el magistrado en uno de los párrafos del fallo al que tuvo acceso Data Clave.

En ese sentido, se recuerda que “la Corte Interamericana de Derecho Humanos (CIDH) señaló que “este derecho protege, esencialmente, el acceso de las personas a alimentos que permitan una nutrición adecuada y apta para la preservación de la salud”.

Y en su fase resolutiva, el fallo sostiene: “Hágase saber al Estado Nacional que deberá presentar un informe mensual acerca del desarrollo de las políticas públicas vinculadas con los comedores y/o merenderos, que tiene por finalidad la satisfacción del colectivo que allí asisten y la cantidad de población beneficiada discriminada por su ubicación”.

En mayo pasado, el periodista Ari Lijalad formuló un pedido de acceso a la información pública para requerir conocer si el Ministerio de Capital Humano guardaba los alimentos que no entregaba a los comedores populares.

La respuesta oficial fue que había alimentos toneladas de alimentos almacenados en depósitos que la cartera de Pettovello tiene en la localidad bonaerense de Villa Martelli y en Tafí Viejo, en Tucumán.

En base a otro pedido que hizo el mismo periodista, se supo que muchos de esos alimentos estaban próximos a vencer.

Grabois presentó otra demanda ante la Justicia Federal y, en respuesta, el magistrado Sebastián Casanello dispuso que entregaran los alimentos, tras la elaboración un registro detallado de las cantidades existentes.

Capital Humano inició una distribución de esos alimentos a través de una fundación privada, pero apeló el fallo de primera instancia ante la Cámara Federal porteña y Casación, donde obtuvo resoluciones desfavorables.