Espionaje: la Cámara Federal avaló la teoría del cuentapropismo e hirió de muerte a la causa
La Cámara Federal porteña descartó la existencia del delito de Asociación Ilícita por parte de las máximas autoridades de la AFI de Cambiemos en la causa en la que son investigados por presunto espionaje ilegal durante el gobierno de Mauricio Macri.
Un grupo de individuos de menor escala. Algunas infracciones a la ley de Inteligencia. Un “escenario caótico” que derivó en el dictado de muchas faltas de mérito. Los argumentos que tuvieron los jueces Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens -flamante presidente de la Cámara Federal- destrozaron la hipótesis acusatoria, que se había sustentando en la existencia de una organización que se encargaba de realizar seguimientos y acciones ilegales contra personajes del mundo político.
De esta forma, quedaron tanto Gustavo Arribas como Silvia Majdalani y Emiliano Blanco en un limbo judicial que los deja fuera de la construcción e imputación de asociación ilícita y de haber formado parte de las maniobras ilegales.
Los únicos procesamientos que quedaron confirmados fueron los de los mandos medios de la Agencia Federal de Inteligencia -Alan Ruiz y Diego Dalmau Pereyra- y de algunos espías que integraban el grupo Super Mario Bross. A eso le sumaron una imputación (bastante menor) a Majdalani por incumplimiento de los deberes de funcionario público.
“Las pruebas incorporadas dan cuenta de un escenario ciertamente caótico y menos lineal que aquel planteado por el instructor. Más que a un único grupo cohesionado, con estructura y metas claras, la prueba acumulada hasta ahora nos enfrenta con una situación en la que primaba un desorden que era aprovechado para llevar adelante planes delictivos puntuales. Veremos así que algunos de los imputados realizaban las tareas investigadas en razón de órdenes de algún superior, motivaciones personales o pedidos de terceros ajenos a los organismos de inteligencia”, marcaron de manera directa Bertuzzi y Llorens. De esta forma, comenzaron a desmenuzar y destrozar lo expresado por el juez de Lomas de Zamora Juan Pablo Augé, quién tuvo gran parte del 2020 la investigación y hasta que a comienzos de este año Comodoro Py se la sacó.
El corazón de la resolución apunta a lo mismo que apuntaron Arribas y Majdalani en sus descargos tanto públicos como en el expediente: nunca hubo una estructura de espionaje y en todo caso lo que existieron fueron agentes “sueltos” que tenían sus “negocios”. Es decir, la ya famosa teoría del cuenta-propismo. Por ahora son muchos los elementos que contradicen su hipótesis, según la cual habría existido un inmenso acuerdo que nucleaba a las más altas autoridades de la AFI, el Servicio Penitenciario Federal (SPF) y múltiples funcionarios y agentes de menor rango.
"El caso arroja una pluralidad de metas y planes divergentes que atenta contra la noción de que habría existido un único grupo cohesionado por la pretensión de incidir en la situación institucional del país. Algunos imputados, antes bien, utilizaron sus posiciones y recursos del Estado (materiales y humanos) para intentar obtener dinero por su cuenta o compartir información con individuos que el juez ubicó fuera de la asociación. Estos intereses particulares conspiran contra la idea de un plan transversal a la estructura del Estado Nacional”, consideraron los dos camaristas.
De esta forma, los mensajes intercambiados y el hilo de tareas y responsabilidades quedó enmarcado a la actuación de los agentes y no mucho más, sin analizar un contexto de los hechos ni las actuaciones que se podían llevar adelante dentro de la AFI. Para los jueces Bruglia y Llorens, la resolución de Augé no da las respuestas ni los fundamentos necesarios y así prácticamente que desestiman lo ocurrido con los informes sobre Diego Santilli, Horacio Rodríguez Larreta, Hugo Moyano, Graciela Caamaño, entre otros.
“Por un canal simultáneo, algunas tareas ilícitas persiguieron dinero e influencia -como sucedió con Santilli-, intimidar a un funcionario -el caso de José Luis Vila- o producir información que era ofrecida simultáneamente al interior y al exterior de la AFI -tal como hicieron con Hugo y Pablo Moyano-. Asimismo, y como se vio en los casos de la Comunidad Mapuche, Pablo Bruera y Jorge Lugones, en ocasiones los imputados generaban la información por pedidos de personas que según el juez eran ajenas a la asociación. Es claro que el colectivo concebido por el magistrado y los acusadores no puede mantenerse en pie en este contexto”, resaltaron. De la misma forma, desestimaron un plan de espionaje penitenciario, otro de los puntos de la resolución, al que señalaron también como episodios donde se habría vulnerado la ley de inteligencia.
La tarea más compleja la tendrá ahora el juez Marcelo Martínez De Giorgi, el encargado de ordenar la causa mientras algunas de las querellas intentarán revertir este fallo en Casación.
“La continuación de la investigación deberá orientarse, ni más ni menos, a esclarecer aspectos centrales de la hipótesis planteada. La precisa definición de los hechos, su integración dentro de una narrativa coherente y el rol que cupo a cada imputado en ellos son sólo algunas de las cuestiones que deberá abordar el juez de grado, para lo cual resultaría de utilidad producir las medidas de prueba que en cada caso hemos sugerido”, le dijeron los camaristas al juez, que tendrá que acelerar en 2022 el trámite del expediente, en un contexto donde todas las defensas pedirán su desvinculación, aunque ahora celebren la falta de mérito.