Condenaron a Sebastián Villa a dos años y un mes de prisión por violencia de género
El futbolista de Boca Juniors fue condenado a una pena de prisión en suspenso por haber ejercido violencia de género contra su expareja Daniela Cortés en abril de 2020.
El futbolista de Boca Juniors Sebastián Villa fue condenado hoy a dos años y un mes de prisión de cumplimiento condicional por haber ejercido violencia de género contra su expareja Daniela Cortés en abril de 2020 en una vivienda de un barrio privado de la localidad bonaerense de Canning.
El fallo condenatorio fue dictado pasadas las 13.15 por el Juzgado Correccional 2 de Lomas de Zamora, a cargo de la jueza Claudia Dávalos.
Como parte de la sentencia, a Villa le fijaron una serie de condiciones que debe cumplir para que la pena sea de ejecución condicional. Una es que debe fijar residencia (por lo tanto, cualquier cambio de domicilio debe ser avisado). Otro punto es que debe abstenerse durante dos años y un mes de mantener contacto con la denunciante y/o con su grupo familiar.
Dentro de las reglas de conducta, habituales para este tipo de casos, le ordenaron a Villa que se abstenga de tomar alcohol o consumir cualquier tipo de estupefaciente. La jueza Dávalos ordenó también que lleve adelante un taller o curso con el objetivo de “abordar su problemática”.
Daniela Cortés no estuvo presente en la sala de los tribunales de Lomas. De acuerdo a lo informado, la denunciante pidió que le comuniquen de la resolución vía teléfonica una vez que finalice la audiencia.
El caso por el que Villa fue condenado
“Se encuentra acreditado que el 27 abril del 2020 en el country Saint Thomas en Canning, Villa le dijo a Daniela Cortés que le iba a arruinar su vida y le dio un golpe de puño en la frente, con un anillo que portaba, para luego tomarla del brazo y tirarla al suelo, para luego darle patadas”, había considerado el fiscal Sergio Anauati en su alegato cuando pidió dos años y tres meses de prisión por “lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género y amenazas coactivas”. Esa hipótesis es la que hoy confirmó la jueza.
Cabe recordar que el abogado defensor Martín Apolo había reclamado la absolución de Villa al asegurar que la denuncia en su contra es “falsa" y que "nada de eso existió".
“Fue Sebastián Villa el que se fue de la casa ese día y una discusión acalorada no puede interpretarse como una amenaza coactiva”, indicó y luego consideró que toda la causa había nacido de una mentira. “No es ninguna novedad aprovechar el sesgo de género para denuncias que no son ciertas. Ese sesgo lleva a creer en falsas denuncias”, resaltó.
En sus últimas palabras, el futbolista había reiterado su inocencia: "Soy un buen hijo, un buen hermano y nunca le haría daño a nadie". Villa ya había hablado durante el debate, con palabras bastante duras contra su ex. La tildó de "muy celosa y manipuladora” y marcó que fue él quién sufrió episodios de violencia por parte de quien era su pareja. “Me arañaba; yo usaba manga larga por vergüenza para que mis compañeros no vieran que me golpeaban en casa”, consideró.
La acusación
En su alegato, el fiscal tuvo en cuenta el relato de la víctima, que en causas de violencia de género se torna fundamental, ya que se trata de hechos que suelen cometerse en la intimidad. En esta situación, además de valorar ese testimonio, se trata de sostener sus palabras a través de otras pruebas o indicios.
En ese sentido, los testimonios de las profesionales y las psicólogas oficiales que estuvieron con Daniela Cortés dieron cuenta de que existían signos de haber atravesado una situación traumática.
Además de eso, mencionó no solo las fotografías que la joven se sacó lastimada sino que esas lesiones que presentó fueron revisadas por médicos. “Las lesiones fueron verificadas y la situación de angustia también, así como el trauma vivido”, marcó el fiscal en su alegato. Incluso en su exposición consideró que la postura de Villa (cuando dijo que la violenta era su ex) “le daba mayor entidad” a la denuncia de la joven y que se trataba de “desacreditación innecesaria”.
“Pareciera que la señora Cortés era el motivo de los males del señor Villa. Ella a miles de kilómetros de su país contra un jugador, o sea, ella sola contra el mundo”, enfatizó.
interviniente tiene el plazo de 15 días para correr vista a la defensa y definir si da lugar a la petición.