El juez en lo contencioso administrativo Pablo Cayssials rechazó el pedido que hizo el empresario Cristiano Ratazzi que buscaba conseguir una cautelar para no pagar el Aporte Solidario.

Ratazzi había considerado que el aporte le generaba una “presión tributaria” sobre sus bienes de forma “palmariamente confiscatoria” y había requerido que se dicte una cautelar para que AFIP no pudiera avanzar sobre las intimaciones para que abone.

“Cabe advertir que el señor Cristiano Santiago Argentino Rattazzi intenta imponer en el estrecho marco cognoscitivo de esta acción, un discernimiento sobre cuestiones que, por su índole, exceden el ámbito de conocimiento propio de una medida cautelar. Ello así, en atención a que el aquí actor pretende que se tenga por probado, con las constancias acompañadas al escrito inicial, el hecho en el que en definitiva funda su pretensión. Esto es, que el “Aporte Solidario y Extraordinario” instituido con el dictado de la Ley 27.605 constituye un tributo y -como tal– implica una doble o triple imposición sobre una misma capacidad contributiva, a la par de considerarlo inconstitucional y confiscatorio”, remarcó el juez. En esa línea, citó varios fallos anteriores y consideró que el planteo excede el tratamiento previsto para una cautelar.

“No puede dejar de destacarse que el alcance de la medida requerida proyectaría sus efectos sobre el fondo de la cuestión controvertida, constituyendo un supuesto varias veces analizado por el Alto Tribunal, quien ha precisado que corresponde atenerse a un análisis estricto de los presupuestos de viabilidad cuando –como en el caso– se solicita una medida cautelar anticipatoria que constituye una decisión excepcional porque altera el estado de hecho y de derecho existente al tiempo de su dictado, y configura un anticipo de jurisdicción favorable respecto del fallo final de la causa, por lo que exige mayor prudencia en la apreciación de los recaudos que hacen a su admisión”, explicó. 

El rechazo a la cautelar solicitada por Ratazzi se suma a varios fallos que se dictaron en el fuero contencioso administrativo en ese sentido y que fueron ratificados por la Cámara. Incluso, en los últimos días la Sala I confirmó el rechazo a una cautelar que había solicitado el padre del periodista Jorge Fontevecchia.