A horas antes de firmarse el Pacto de Mayo en Tucumán, el gobierno del presidente Javier Milei promulgó esta madrugada la Ley Bases y el paquete de medidas fiscales. Las dos normativas fueron aprobadas por el Congreso tras arduas negociaciones y tratativas entre el Ejecutivo y los bloques de la denominada “oposición dialoguista” que signaron el rumbo de los primeros siete meses de la gestión libertaria.

Mediante los Decretos 592/2024 y 595/2024, el Ejecutivo formalizó la vigencia de estas normativas que fueron aprobadas en Diputados luego de los cambios que se le introdujeran al texto original en el Senado.

Los decretos llevan las firmas de Milei, el jefe de Gabinete de Ministros, Guillermo Francos y el titular de la cartera de Economía, Luis Caputo. Ahora, las leyes esperan ser reglamentadas para entrar en vigencia. En principio, el oficialismo tratará otorgarles validez a los artículos de los capítulos fiscales y en especial a la restitución del Impuesto a las Ganancias.        

Este gravamen puede resultar judicializado en las próximas semanas por los planteos de los sindicatos que tratarán de impugnarla.

El Gobierno también impulsará la pronta reglamentación la declaración de emergencia que le otorga facultades delegadas extraordinarias al Presidente, uno de los capítulos más discutidos de la Ley de Bases en el Congreso. Voceros de la Casa Rosada estiman que ambos paquetes entrarían en vigencia en los próximos 60 días, si no existen inconvenientes en relación a la reglamentación. 

En cuanto a los empleados del Estado, la ley Bases establece que si están sujetos a reestructuración podrán ser puestos en disponibilidad por un máximo de un año. Durante este período, recibirán capacitación o se les asignarán tareas en servicios tercerizados. En caso contrario, serán despedidos con el pago de una indemnización basada en su mejor salario mensual y respetando sus antigüedades.

No serán afectados los empleados que sean delegados sindicales con mandato vigente o que estén de licencia por motivos como enfermedad, accidente, embarazo o matrimonio. Una vez vencida la licencia, podrían ser puestos en disponibilidad.

Además, se prohíben durante el horario laboral actividades vinculadas a campañas electorales y partidistas y, a partir del cumplimiento de los requisitos de jubilación, los empleados podrían ser exhortados a iniciar los trámites previsionales.

Dentro de la Ley Bases se establece que el derecho a huelga no podrá ser tomado como un elemento causal de despido, aunque sí se podrá descontar el día a aquellos empleados que paren. En cuanto a los aspectos laborales, mediante esta norma se establece un período de prueba de seis meses para nuevos empleados, ampliable a ocho meses o un año dependiendo del tamaño de la empresa.

Participar en bloqueos o tomas de la empresa será considerado como “injuria laboral grave y justificación para el despido”. También se plantea un fondo de cese laboral como alternativa a las indemnizaciones, financiado con un aporte mensual del empleador que no supere el 8% del salario.

Se trata de un sistema similar al que se utiliza para pagar las indemnizaciones de los empleados de la construcción y que deberá aplicarse mediante el respeto del convenio colectivo de trabajo de cada actividad. También se habilitarán indemnizaciones agravadas en casos de despido por discriminación. En tanto, los trabajadores independientes o monotributistas, podrá contratar a otros tres trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo.

Una de las cuestiones más debatidas de la Ley Bases fue el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) destinado a fomentar inversiones en sectores como la forestoindustria, la infraestructura, la minería, la energía, la tecnología, el turismo, la siderurgia, el petróleo y el gas.

Para calificar, las compañías deben realizar una inversión mínima de 200 millones de dólares. Las reglas del régimen permiten a los inversores recaudar un porcentaje de las exportaciones dos años después del inicio de la inversión.

Lo que supone el 20% en el segundo año, el 40% en el tercer año, y el 100% a partir del cuarto año. Las ganancias netas estarán sujetas a un impuesto del 7%, que se reducirá a 3.5% después de siete años de adhesión al RIGI.