Si pagás, entrás: extranjeros de países no limítrofes pueden ingresar al país por $9000
El cambio en las reglas de juego prevé requisitos como la acreditación del lazo familiar o conyugal. Los parientes en el exterior y las fiestas de fin de año. Los detalles de la medida y la explicación de Migraciones.
La progresiva flexibilización de las fronteras en la Argentina acapara excepciones a la regla general que se acumulan y generan confusión entre quienes desean arribar al país en estos tiempos. A casi nueve meses del inicio de la cuarentena obligatoria, el Gobierno sostiene la prohibición de ingreso al territorio nacional para extranjeros no residentes que provengan de países no limítrofes. Sin embargo, una disposición de Migraciones publicada en el Boletín Oficial modifica los términos y condiciones y le pone un precio y nuevas instrucciones al trámite.
Para los ciudadanos procedentes de países vecinos, extranjeros nativos o con residencia, los requisitos son simples: una declaración jurada en la web de la Dirección Nacional de Migraciones, PCR negativo y seguro COVID-19. En tanto, según la reglamentación vigente, los argentinos pueden ingresar al país desde cualquier lugar del mundo. En los últimos días y a través de una resolución gubernamental, también se dispuso que quienes acrediten vínculo familiar, unión convivencial o matrimonio puedan acceder a la Argentina sin necesidad de visado, pero abonando una "tasa migratoria" cuando arriban a Ezeiza.
Por vía de la resolución 3763/2020, publicada el 28 de noviembre en el BORA, el Gobierno habilitó “en forma excepcional” los aeropuertos de Ezeiza, de San Fernando, el Puerto de Buenos Aires y los pasos fronterizos internacionales “para el ingreso de los extranjeros no residentes que sean parientes directos de ciudadanos argentinos y que ingresen transitoriamente a nuestro país por razones de necesidad”. Entonces, si la persona puede verificar que tiene un pariente, cónyuge o conviviente en el país, puede exhibir la documentación ante la aerolínea, adquirir un pasaje y viajar: al arribar al país tiene que pagar $9000. Cabe aclarar que en todos los casos se exige PCR negativo.
Ante esta situación, ahora los familiares o las parejas que quieran reunirse, por ejemplo, en las fiestas o de cara al verano argentino, tienen dos opciones: o tramitar la visa por reunificación familiar por medio de los respectivos consulados, burocracia tradicional con costo asociado de entre US$550 y US$850, o el trámite “agilizado” que sugieren en Migraciones: el “desembarco provisorio”, apuntado a aquellas personas que no tengan todos los papeles para gestionar una visa de residencia, por el cual solo se necesita presentar documentación ante la aerolínea (algo que no existía anteriormente) y abonar en el aeropuerto de destino. “Provisoriamente en Ezeiza se les cobran $9000”, cuentan desde el Gobierno.
Para todo hay un precio
Una relación a distancia entre una argentina y un portugués evidenció cómo es el mecanismo actual y qué aconsejan las autoridades. También, mostró que la práctica estaba legitimada de hecho incluso antes de que se oficializaran las nuevas “tasas” de ingreso al país.
La joven argentina tenía planes de irse a vivir a Portugal en abril, donde reside su pareja, pero no contaba pasaporte europeo. Su empresa se ofrecía como gestora de la visa de trabajo y de residencia. Por la circulación del covid-19, cada país tomó medidas hacia adentro. La operación se retrasó y el cierre de fronteras los privó de reencontrarse.
No había forma, dadas las medidas tomadas por los gobiernos, de volver a verse si no era a través de una unión conyugal. Como la legislación del país ibérico lo permite, se casaron a distancia. Y así, iniciaron el operativo reencuentro topándose con algunas sorpresas: en la embajada argentina en Portugal les dijeron que ya no había que hacerlo a través de Migraciones ni del trámite consular por Cancillería. Que la documentación (certificado apostillado, nota de explicación de necesidad del viaje, seguro COVID-19 y otros requisitos menores) se presentaba al momento de tomar el vuelo. Y que el pago se efectuaba al llegar a la Argentina.
La disposición de Migraciones
Para visita de familiar argentino (no permanente) con tasa migratoria de 9.000 pesos (Decreto N° 865/19 artículo 1° inciso m)
a) Presentar ante la aerolínea certificado de nacimiento, matrimonio o unión convivencial, debidamente apostillado o legalizado, que compruebe el vínculo directo con un ciudadano argentino, copia del DNI argentino del familiar y reserva de pasajes
b) Presentar ante la aerolínea nota de solicitud donde se explique brevemente la necesidad de la visita, fechas de partida y regreso y lugar donde se hospedará
c) Dentro de las 48 horas previas al embarque, completar DDJJ electrónica donde debe adjuntar PCR negativo (no más de 72 horas previas al embarque) y seguro médico Covid-19
d) Presentar PCR negativo físico y seguro médico Covid-19 físico en el momento del embarque, caso contrario no podrá abordar el vuelo
La explicación de la Dirección Nacional es que la disposición se pensó “para abreviar una parte del trámite”, según cuentan desde la Dirección Nacional. Para algunos “es un formato legal que tenían que darle” al ingreso de extranjeros de países no limítrofes imposibilitados de ingresar al país por decreto presidencial.
Los meses transcurren y algunas restricciones comienzan a ablandarse por la propia presión de las personas para viajar por motivos particulares o poder ver a sus seres queridos. Desde el miércoles de la semana pasada se oficializó la medida que “simplifica” la posibilidad, que habilita la gestión directamente ante las aerolíneas y que avala el ingreso a partir del pago de la “tasa migratoria”.