La Plata: multas de $875 mil por acoso callejero, 17 mil por tirar colillas en plazas y 260 mil por ruidos molestos
Tras la sanción del Código de Convivencia Urbano, habrá un gran aumento de penas económicas. Desde el FdT hablan de un “código recaudatorio” que “castiga a los más vulnerables”.
El Concejo Deliberante platense aprobó en las últimas horas el polémico Código de Convivencia Urbano gracias a los votos del PRO local y de los aliados internos. Se trató de un proyecto promovido por el intendente Julio Garro, que contó con un fuerte rechazo del Frente de Todos, que no pudo con la mayoría de concejales oficialistas y perdió la compulsa.
El principal reparo de la oposición se debe a que “no fue consensuado con la sociedad” y que se trata de un código “cascocentrista de clase media” con “multas impagables” como referenciaron del FdT.
“Convivencia es otra cosa. Es un código recaudatorio. Sin valor para la intermediación. Se castiga a alguien que quema una goma y no castigan a empresa que tira residuos en un arroyo. El castigo es para los más vulnerables. Estamos a favor de que haya una pena, pero no podemos ir con un látigo sin pasar por intermediaciones. No estamos en contra de que se mejore la calidad de vida de la gente, pero a Garro solo le importa la gente que vive en el casco”, le dijo Data Clave, la concejal Ana Castagneto.
Entre los principales puntos se encuentran cambios en la ubicación para la denominada zona roja y en la nocturnidad como también se elimina la figura de arresto y se establecen penas más duras para actividades en la vía pública.
“Tiene como espíritu modificar y actualizar la norma contravencional vigente sancionada en el año 1985, con el objetivo de preservar el espacio público como patrimonio comunitario a través de 4 ejes: el respeto social, el cuidado del medio ambiente, la protección animal y la salubridad pública”, explicaron desde el ejecutivo local.
En ese marco se estableció que ahora “se considerarán faltas graves a aquellas que atenten en forma manifiesta contra las normas de protección del ambiente, la salubridad pública, así como las que impliquen cualquier tipo de violencia hacia los animales” (artículo 36).
Además, se eliminó la sanción de "arresto" y se lo cambió por una forma reparatoria como el trabajo comunitario. “Eso no es punitivismo ni acá ni en ningún lado”, remarcaron desde el bloque de Juntos.
La ordenanza sancionada también apunta a "controlar y ordenar" las movilizaciones para encontrar un equilibrio "entre el derecho a manifestar y el derecho a circular”, aclararon desde el bloque mayoritario.
Tras la sanción del código impulsado por el intendente Garro, también quedará “expresamente prohibido obstaculizar totalmente los carriles de circulación así como aquellos destinados al transporte público”. Desde hoy también habrá sanciones más duras para quienes realicen acoso callejero".
Multas dolarizadas
Una de las sanciones llamativas es la que aparece en el artículo 216, que castiga a quien "fume y/o arroje colillas o restos de cigarrillos dentro de los espacios de juegos o circuitos deportivos existentes en parques, plazas u otros espacios públicos". ¿La multa? Entre 1.750 y 17.500 pesos.
Los ruidos molestos causados por autos con equipos de sonido modificados son sancionados en el capítulo denominado "De la seguridad y el bienestar". El artículo 145 menciona a "los particulares que estimulen o provoquen ruidos molestos, cualquiera sea su origen, fuentes móviles o fijas, provocados por automóviles o equipos de sonido, sea por la hora, lugar o por su calidad o grado de intensidad. La pena será de hasta 262.500 pesos.
También es significativa la incorporación de sanciones al acoso callejero. Es en el artículo 217, que sanciona "a quien mediante hostigamiento, maltrato o intimidación, afecten la dignidad, la libertad, el libre tránsito y el derecho a la integridad física o moral de las personas, por motivo de su condición de género, identidad y/o orientación sexual, en espacios públicos o espacios privados con acceso público, siempre que estas acciones no configuren delito". Serán sancionados con multas de hasta 875.000 pesos y la realización de un curso con una carga horaria de ocho horas.