Casi 12 años después, un Tribunal define las responsabilidades por lo sucedido en el derrumbe dentro del boliche Beara
La madrugada del 10 de septiembre de 2010 se produjo el derrumbe del entrepiso del local, lo que ocasionó la muerte de dos jóvenes. El juicio comenzó hace cuatro meses.
“Cuando había mucha gente en los recitales vibraba todo, me daba miedo porque temblaba todo.” Varios de los testimonios que se tomaron durante los cuatro meses que duró el debate hicieron foco en las diversas irregularidades que presentaba el boliche Beara. La madrugada del 10 de septiembre de 2010 dentro del local bailable -ubicado en la Avenida Scalabrini Ortiz 1638- los ex integrantes del grupo “Ráfaga” llevaban adelante su recital.
Apenas unos minutos después de que terminaron, cerca de las 3.50, el entrepiso de Beara colapsó y se derrumbó sobre la planta baja. Esto provocó las muertes de Ariana Beatriz Lizarriaga (21) y Paula Leticia Provedo (20) y las lesiones de los y las jóvenes que se encontraban esa noche.
“Con mis compañeras decíamos: ‘algún día se va a caer esto’”, declaró una de las ex empleadas ante el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°7. Otro joven, que solía asistir a Beara, dijo algo similar. “Era habitual decir ‘cómo se mueve esto’; no fue solo de esa noche”, marcó y agregó: “No hacía falta ni que hubiera mucha gente, con caminar un poquito fuerte vibraba todo”.
El entrepiso es justamente el centro de la imputación. No era parte del local y fue construido por la empresa “El Viejo Sabio S.A.” cuando consiguieron el lugar. Esa sociedad estaba compuesta por Carlos María Yun, Agustin Dobrila e Iván Andrés Fliess, todos imputados por las muertes, los heridos y también por pagar coimas para lograr la habilitación de Beara.
Yun y Dobrila se despegaron de esa responsabilidad y fueron directamente, en sus indagatorias, contra el padre de Iván Fliess, que también estaba imputado pero que falleció antes de que la causa llegara a la etapa de juicio oral. Según Yun, Rolando Fliess les aseguró que la vibración o movimiento del entrepiso “era normal por el material y tipo de estructura”. “Acá pueden bailar y saltar elefantes que no va a pasar nada”, habría dicho en una reunión donde se definió la construcción.
Las penas solicitadas por la Fiscalía de juicio
En su alegato, el fiscal Oscar Ciruzzi solicitó cuatro años y seis meses de prisión para Yun, Dobrila e Iván Andrés Fliess. Los consideró responsables de los delitos de “homicidio culposo agravado por el número de víctimas en concurso ideal con lesiones culposas y leves y cohecho activo con respecto a funcionarios policiales''. Además, pidió para ellos la imposición de una pena de inhabilitación de nueve años para ejercer el comercio.
Para el maestro mayor de obras Gustavo Amaru -quien dio el aval para la habilitación del local- el fiscal solicitó cuatro años de prisión con diez años de inhabilitación para ejercer su profesión, al considerarlo culpable de los homicidios y las lesiones de las personas que asistieron a Beara la noche del derrumbe.
Con respecto a cuatro funcionarios del Gobierno de la Ciudad, el fiscal requirió una condena de tres años de prisión en suspenso y una inhabilitación por diez años para ejercer cargos públicos al considerarlos responsables de los homicidios ocurridos y las lesiones. Se trata del ex responsable de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, Martín Diego Farrell; el ex director de Habilitaciones Especiales, Pablo Damián Saikauskas; el exjefe del Departamento de Esparcimiento, Norberto Cassano; y el arquitecto responsable de Verificaciones y Habilitaciones, Isaac Rasdolsky.
El comisario de la Policía Federal Argentina Rodolfo Cabezas y los integrantes de esa fuerza Gustavo Flaminio, Luis Acosta y Julio González fueron considerados por el fiscal Ciruzzi como responsables de los delitos de “homicidio culposo agravado por el número de víctimas; lesiones culposas graves y leves; y cohecho pasivo”. Para todos ellos requirió una condena de tres años y seis meses de prisión, a lo que le agregó el pedido de pena de inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.
La fiscalía postuló la absolución del co-organizador del recital de aquella noche, Maximiliano Fratino, al considerar que no cumplía con funciones de gestión de manera diaria en Beara y que tampoco tenía información sobre las irregularidades.
Con respecto a Agustín De Grazia -encargado de Beara-, el fiscal señaló que no se pudo comprobar que conociera sobre los gastos que se destinaban al pago de coimas a los policías, situación por la que había llegado a juicio. Leandro Camani y Matías Pantarotto, ambos gestores de “El Viejo Sabio”, estaban acusados de los mismos delitos que los socios. Sin embargo, el MPF sostuvo que no existían pruebas de su responsabilidad.
Por último, desligó a la ex directora de Fiscalización y Control del Gobierno de la Ciudad, Vanesa Ileana Berkowski, de cualquier responsabilidad penal al considerar que su labor fue ajustada a lo que se podía realizar dentro de la normativa.
Las querellas que representan a los familiares de las víctimas también requirieron condenas tanto para los dueños de “El Viejo Sabio” como para los funcionarios.
El Tribunal, integrado por los jueces Alejandro Noceti Achaval, Gabriel Vega y Gustavo Alterini, escuchará desde las 9:30 las últimas palabras de algunos de los acusados que aún no hablaron y después, dará a conocer la hora en que comunicará el veredicto.