Así será la devolución para quienes no pagan Ganancias ni bienes Personales
AFIP difundió especificidades de la medida para los contribuyentes que no estén alcanzados por esos impuestos.
Luego de las nuevas restricciones en el mercado cambiario anunciadas por el Gobierno este martes, algunos puntos de la normativa dejaron margen para las dudas: uno de ellos fue la devolución del nuevo impuesto del 35% a través de una deducción por Ganancias y Bienes Personales, que generaba inquietud en aquellos usuarios que realizan transacciones en dólares sin estar alcanzados por los impuestos.
Una aclaración de AFIP en la mañana del miércoles cristaliza la aplicación de las nuevas reglas de juego: los contribuyentes que no paguen Ganancias ni Bienes Personales podrán solicitar la devolución una vez finalizado el año calendario. En tanto, desde enero de 2021 se habilita la posibilidad de solicitar la devolución de las percepciones practicadas entre el 16 de septiembre y el 31 de diciembre de 2020.
Las personas que pretendan efectuar el pedido de devolución deben contar con los siguientes requisitos: tener CUIT, Clave Fiscal e informar a AFIP un CBU para que el organismo pueda realizar el reintegro. Posteriormente, se realizarán las validaciones y los controles correspondientes y se devolverá el dinero a la cuenta bancaria del usuario. En los controles buscarán que el contribuyente no registre bienes o activos que estén sujetos al pago del impuesto sobre Bienes Personales.