Primeras repercusiones tras el anuncio del protocolo “anti-piquetes”: "Es inconstitucional"
Dirigentes del Frente de Izquierda y la dirigencia de ATE no tardaron en cuestionar a la Ministra de Seguridad. El abogado Andrés Gil Domínguez explicó cuáles son los estándares interamericanos que entran en juego.
Tras el anuncio del nuevo protocolo “anti-piquetes” de la ministra de Seguridad Patricia Bullrich distintos dirigentes políticos cuestionaron a la funcionaria. La ex candidata a presidenta por el Frente de Izquierda, Myriam Bregman, señaló que el protocolo “es absolutamente inconstitucional”.
“La que se ubica en el terreno de la ilegalidad es ella. El derecho a la protesta es el primero de los derechos, sin ese pueden violentar los demás y no hay cómo impedirlo”, sentenció la dirigente y manifestó: “Todas las medidas que está tomando este gobierno constituyen un profundo ataque a las condiciones de vida de millones de personas, por eso la urgencia y la severidad de los anuncios de Bullrich. Prefiere violar la Constitución a que se exprese el descontento”.
En la misma línea, el legislador de la Ciudad de Buenos Aires, Gabriel Solano, le aseguró a la Ministra de Seguridad que no le tienen miedo. “El derecho a la protesta social está amparado en la Constitución”, indicó.
En tanto, el secretario general de ATE, Rodolfo Aguiar, aseguró: “Por inconstitucional no vamos a aceptar ningún protocolo de movilización”.
“Los conflictos sindicales y sociales no los tiene que resolver ni la policía, ni la justicia. Los debe resolver quienes gobiernan, ya que para eso son elegidos. Este protocolo anti–expresión anunciado por el Ministerio de Seguridad está orientado a atacar las consecuencias y no las causas de las protestas. Si no quieren conflictos, que paren con el ajuste y aumenten los sueldos”, manifestó el dirigente sindical.
“Patricia Bullrich viene a decir cómo hay que hacer las cosas, pero para eso antes tiene que haber un principio de legalidad. Tiene que haber una ley que establezca una norma. En el caso del derecho de huelga no hay una norma que establezca cómo es”, sentenció.
Por su parte, el abogado Andrés Gil Domínguez recordó algunos estándares interamericanos que tiene jerarquía constitucional y que impedirían la aplicación de un protocolo como el que propuso la Ministra de Seguridad.
El jurista explicó que la protesta violenta “no es un derecho y está castigada por el código penal” pero que sí “existe un derecho fundamental y humano a la protesta pacífica”, y que el mismo engloba “la libertad de expresión, el derecho de reunión, el derecho de asociación, el derecho de petición, el derecho a la no discriminación, la libertad sindical y el derecho a la huelga, entre otros”.
Además, indicó que la regulación del derecho a la protesta pacífica “debe realizarse exclusivamente por una ley sancionada por el Congreso”. “El ejercicio pleno del derecho a la protesta pacífica debe ser la regla general y las limitaciones a este derecho la excepción”, precisó.
En la misma línea, subrayó que la limitación de este derecho “deber ser razonable y proporcional” y que “en ningún caso puede derivar en la prohibición de su ejercicio”.
Asimismo, el abogado señaló que la participación en una protesta pacífica “está exenta de una previa autorización” y que se puede elegir el contenido, los mensajes de la protesta, el tiempo, el lugar y las formas de la protesta: cortes de ruta, cacerolazos, vigilias.
“Las condiciones en las que se presentan estas manifestaciones y reivindicaciones son complejas y requieren por parte de las autoridades respuestas adecuadas”, sostuvo Gil Domínguez.
En contraposición a lo planteado por la Ministra de Seguridad, el jurista señaló que “ante una posible colisión determinada por el modo de la protesta entre el derecho de tránsito y el derecho de reunión corresponde tener en cuenta que el derecho a la libertad de expresión es uno de los primeros y más importantes fundamentos de toda la estructura democrática”.
También subrayó que “el Estado tiene el deber de no criminalizar a los líderes y participantes de las protestas pacíficas”.
Por último, indicó que “ninguna regulación del derecho a la protesta pacífica será efectiva sino es el resultado de una política pública consensuada entre las distintas fuerzas políticas con representación legislativa”.