El "Aporte Solidario" puede implicar alícuotas del 8% para las "grandes fortunas"
El IARAF advirtió que el denominado "impuesto a la riqueza" grava los activos pero no los pasivos y su pago puede implicar la venta de parte del capital. Y por otra parte, los fondos obtenidos no serán coparticipados.
La aplicación del "Aporte solidario extraordinario" puede implicar alícuotas de hasta el 8% de los activos de una persona, que también está alcanzado por Bienes Personales, más allá de la rentabilidad que estos generen.
El IARAF se refirió así a la iniciativa impulsada por los diputados del Frente de Todos, Carlos Heller y Máximo Kirchner, que será tratado mañana en comisión, y que es rechazado por diversas organizaciones empresariales, como CRA, Sociedad Rural y la Cámara Argentina de Comercio, que en tono crítico lo llaman "impuesto a la riqueza".
Lo obtenido por este fondo, cuyo monto no ha trascendido, pero que se adelantó que no será coparticipado, se repartirá para mejorar el sistema de salud, las pymes, la distribución de gas natural, y para los barrios populares, destacó el informe.
Por la aplicación del Aporte "en conjunto con Bienes Personales" la alícuota se incrementa significativamente ante la tenencia de bienes en el exterior, llegando a valores de hasta el 7% u 8% en algunos casos.
"Los dos tributos se aplican sobre prácticamente la misma base imponible", que son los bienes del contribuyente al 31 de diciembre de 2019, "no pudiendo descontarse en ninguno de los dos casos los pasivos, es decir no son impuestos al patrimonio sino a los activos", advirtió el Instituto Argentino de Análisis Fiscal.
El impuesto a los Bienes Personales tiene un mínimo no imponible de dos millones de pesos, mientras que el proyecto de Aporte Solidario se aplica para contribuyentes con bienes desde $200 millones.
Pero, todos los bienes exentos en el impuesto sobre los Bienes Personales se consideran gravados para el Aporte Solidario, no computándose mínimo imponible alguno en caso de quedar alcanzado.
El IARAF destacó que el proyecto de ley prevé cinco destinos específicos para los fondos recaudados por este nuevo tributo, dinero este que "no será coparticipado".
Según la iniciativa, un 20% se dedicaría a equipamiento médico, prevención y asistencia sanitaria, otro 20% a subsidios a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, con el principal objetivo de sostener el empleo y las remuneraciones de sus trabajadores, y otro 20% al programa de becas Progresar. Otro 25% de lo recaudado fondearía programas de exploración, desarrollo y producción de gas natural (YPF), y el 15% restante se destinaría a los habitantes de barrios populares.
"Si bien no hay dudas respecto a la necesidad de gasto extra en salud y empleo que generó el coronavirus", destacó el IARAF y agregó que "el resto de los gastos fondeados a través de la fuente propuesta no tendría un vínculo directo con la situación excepcional de la Pandemia".
"En este punto aparece la evidencia argentina respecto a que impuestos transitorios se terminan transformando en permanentes", advirtió el trabajo del Instituto.