Aplicarán el Impuesto PAIS a la compra de divisas destinadas a giros de utilidades y dividendos
La medida, que se produce en medio de una caída de la recaudación tributaria, también alcanza a quienes suscriban los Bopreal.
El Gobierno decidió ampliar la aplicación del Impuesto PAÍS tanto para la compra de divisas destinadas a giros de utilidades y dividendos, como para quienes suscriban los Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL). La alícuota será de 17,5%.
Este porcentaje es menor al 30% que se cobra en el caso de la compra de moneda extranjera, gastos con tarjeta de débito y crédito en moneda extranjera, y servicios turísticos en el exterior.
La decisión quedó en firme a través de la publicación del Decreto 385/2024 en el Boletín Oficial y que lleva lleva las firmas del presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Nicolás Posse; y el ministro de Economía, Luis Caputo.
La medida se produce días después de que se conociera que la recaudación impositiva de abril cayó entre 12 y 13 puntos porcentuales en términos reales respecto a la de igual mes del año pasado.
Solo el Impuesto País, y los gravámenes vinculados con el comercio exterior, fueron los que le ganaron a la inflación interanual, mientras que los vinculados con la actividad interna, como los aportes a la seguridad social o el IVA Impositivo, quedaron rezagados.